El proyecto de nueva Ley General de Aguas, contempla desde incentivos por el uso eficiente del recurso hídrico, así como infracciones por el desperdicio del mismo, destacó el presidente de la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento de la Cámara de Diputados, Feliciano Flores.
El también integrante de la bancada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), confió en que la norma pueda ser discutida y aprobada en el siguiente periodo ordinario de sesiones, en septiembre próximo.
Entre otros elementos, agregó el congresista, la propuesta incluye una mayor “coordinación de las acciones entre la Federación, los estados y los municipios, la rendición de cuentas, la transparencia, los incentivos por el uso eficiente del agua, por la optimización de la misma, las infracciones y sanciones por el uso ineficiente y desperdicio de las aguas, el establecimiento del ordenamiento ecológico por cuencas, la transversalidad del derecho humano al agua y al saneamiento”.
El planteamiento establecerá que la administración del recurso estará a cargo del Gobierno Federal; y reconocerá expresamente el derecho de pueblos indígenas y afromexicanos al acceso “prioritario” al agua, dijo. Incluirá mecanismos de rendición de cuentas y transparencia en la administración del recurso y disposiciones para mejorar la infraestructura hídrica. Contemplará acciones para aprovechar el agua de mar y lluvia, así como adecuar el funcionamiento de la Comisión Nacional del Agua (Conagua). El proyecto señala que se desarrollará un sistema de concesiones en beneficio del medio ambiente y la sociedad. Habrá monitoreo y vigilancia sobre los volúmenes de agua concesionados y se establecerán “cláusulas de calidad” para establecer responsabilidades de los concesionarios, que deberán evidenciar la no afectación a usuarios y ecosistemas.
Prevé establecer un sistema tarifario diferenciado, según las capacidades económicas de los usuarios. Señala que las sanciones administrativas por aplicar, deberán estar enfocadas a lograr la remediación ambiental y social, para que el daño causado sea responsabilidad “compartida entre el moros y autoridades involucradas con el siniestro”.
Agrega que se impondrán sanciones penales, de acuerdo a la gravedad del daño que involucren las faltas en la materia. Sobre las concesiones, indica que se permitirá la transmisión en casos de sucesión de personas físicas y por muerte del titular. También se reduce la vigencia de las concesiones en comparación con las actuales, pero mantiene prórrogas y renovación, cuando haya disponibilidad del volumen de agua aprovechable por cuenca, y de acuerdo a lo que establezcan los acuerdos vinculantes de los consejos de cuenca. Establece que la Comisión Nacional del Agua (Conagua), por sí misma o a través de los Organismos de Cuenca, aplicarán entre otras sanciones, multas de entre 10 mil y 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), por usar mecanismos para robar agua.
Se penalizará en la misma medida la transmisión o cesión de derechos de agua amparados en Títulos de Concesión, Asignación o Permisos, sin la debida autorización. Las mismas multas aplicarán si se contaminan las fuentes de suministro de agua; se afectan las fuentes de abastecimiento de agua potable o la salud pública con descargas de aguas residuales.
Ese también será el caso para quienes modifiquen o desvíen cauces, vasos o corrientes; dañen o destruyan obras hidráulicas federales. Serán multados en esos términos quienes descarguen en forma permanente, intermitente e incluso “fortuita”, aguas residuales en cuerpos de agua de propiedad nacional, incluyendo el mar y cualquier otro tipo de terreno. También quienes ejecuten para sí o para terceros “obras para alumbrar, extraer o disponer de aguas del subsuelo en zonas de veda”; alteren dispositivos telemétricos para el registro o medición de la cantidad y calidad de aguas.
Habrá penas de cinco mil a 10 mil UMAS, por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas sin tener título de concesión, o utilizar títulos vencidos o falsificados; a quienes aprovechen aguas nacionales en volúmenes mayores o distintos a lo que marquen los títulos. Quienes extraigan materiales pétreos de las aguas sin autorización, ejecuten proyectos de infraestructura sin que lo valide el Servicio Hídrico Nacional; y alteren lo determinado en las concesiones, sobre localización, profundidad y diámetro de los pozos, se harán acreedores a esas sanciones.
Se penalizará con multas de mil y hasta tres mil veces la UMA, aquellos que incumplan las disposiciones previstas en los títulos; y hagan perforaciones sin contar con acreditación para tales tareas, entre otras disposiciones.
El legislador recordó que en anteriores Legislaturas, se intentó avanzar en un nuevo ordenamiento en la materia, lo cual no fue posible debido a presiones políticas, de organizaciones sociales y distintos grupos de interés.