Ciudad de México.– El Tribunal Electoral confirmó que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó los principios de imparcialidad y neutralidad durante la veda electoral por la consulta de revocación de mandato, al difundir propaganda gubernamental en la inauguración de AIFA el 21 de marzo de ese año. 

En la primera sesión del TEPJF después de que se anunció que Mónica Soto suplirá a Reyes Rodríguez a partir del 1 de enero, los magistrados de la Sala Superior avalaron por unanimidad el proyecto de la Sala Regional Especializada a partir de una queja presentada por el PAN al día siguiente del estreno del Aeropuerto Internacional “Felipe Ángeles” (AIFA).

“Se determinó la responsabilidad por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido en el proceso de revocación de mandato, la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad y uso indebido de recursos públicos en el contexto de la celebración el evento de inauguración del AIFA, celebrada el 21 de marzo de 2022, así como con motivo de diversas expresiones difundidas durante las conferencias matutinas de los días 28 y 30 de marzo”, indicó el acuerdo.

El PAN acusó que en la veda electoral por la consulta de revocación del Mandato de López Obrador, que se realizó el 10 de abril de 2022, López Obrador y otros funcionarios difundieron propaganda gubernamental, realizaron un acto masivo para difundir los logros del Gobierno y esa propaganda se repitió en las mañaneras.

López Obrador se burló entonces de la denuncia del PAN.

“Todo el bloque de conservadores está molesto porque se va avanzando”, afirmó.

Además de López Obrador, el PAN denunció a funcionarios que participaron en la inauguración, como Claudia Sheinbaum, entonces jefa de Gobierno de la Ciudad; Alfredo del Mazo, exgobernador del Estado de México, e Isidoro Pastor Román, director del AIFA.

En el caso de Del Mazo, la Sala revocó parcialmente la sentencia para que se analizará adecuadamente su responsabilidad en el uso de recursos públicos indebidos.

En la sesión de este miércoles, los magistrados además avalaron la inexistencia de violencia política en razón de género en los insultos de la diputada trans de Morena, María Clemente García, contra la legisladora panista María Teresa Castell de Oro Palacios. Las dos se enfrentaron en la Cámara de Diputados y luego en la red social twitter.com

La panista criticó la ocupación de trabajadora sexual de García y ésta la estigmatizó con su cuerpo. El Tribunal confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada de que García no sólo cometió violencia simbólica, incluso la eximió al argumentar “digna rabia” pues su conducta es una reacción emocional acumulada por ser trans.

Los integrantes de la Sala Superior, votaron divididos, pero Reyes usó su voto de calidad para definir.

El TEPJF también solicitó al INE que le remita de manera inmediata toda constancia nueva que esté vinculada con un juicio y que está en resolución e instrucción en esta Sala Superior.

El acuerdo fue aprobado tras el análisis que hicieron los magistrados de una queja del aspirante presidencial Eduardo Verástegui sobre la falta de notificación del INE sobre el funcionamiento de la aplicación celular para recabar firmas de apoyo a su candidatura.

El INE respondió que ya había sido notificado, pero el documento no fue incluido en el expediente remitido a los magistrados.

“El Instituto Nacional Electoral en momento alguno informó a esta Sala Superior y en particular a la Magistratura ponente de que ya había una respuesta formal a esta petición, lo cual hubiera sido importante para la litis que estaba por resolverse”, dijo la magistrada Janine Otálora.