En un segundo intento para poder eliminar la prisión preventiva oficiosa, el ministro Luis María Aguilar Morales planteó hacer una “interpretación conforme en sentido amplio” de la Constitución federal y anteponer el principio pro persona y de presunción de inocencia. En un nuevo proyecto de sentencia, el cual se discutirá en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el próximo 22 de noviembre, el ministro Aguilar Morales ya no propone la inaplicación del artículo 19 constitucional, sino interpretarlo de tal forma que la preventiva oficiosa no sea considerada automática. “Una interpretación de la prisión preventiva oficiosa distinta a la concepción de la medida como automática sería más protectora”, expone en el documento publicado esta noche por el máximo tribunal del país. “Si se entendiera que la prisión preventiva oficiosa es automática, se rompería con la presunción de inocencia, con el debido proceso legal, con la obligación de los jueces penales de justificar fundada y motivadamente sus resoluciones (especialmente las que ordenan la imposición de medidas cautelares tan severas como la prisión preventiva), se rompería, incluso, con los principios fundamentales del sistema penal acusatorio y con la necesidad de someter a control judicial previo este tipo de medidas. Todo lo anterior es suficiente para demostrar que una interpretación aislada del texto constitucional sería inconcebible en un Estado constitucional de Derecho”, argumenta el proyecto.

Proyectos, sin éxito

En dos ocasiones, ministros han presentado proyectos para declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, pero ambos han fracasado por no alcanzar mayoría o simplemente fue retirado, por lo que se aplazó la discusión. El ministro Luis María Aguilar y la ministra Norma Piña Hernández retiraron su proyecto de sentencia relativo a la prisión preventiva oficiosa y ambos debían elaborar una nueva propuesta y presentarla al Pleno del máximo tribunal del país para su análisis, discusión y resolución.