Tras su publicación en el periódico oficial «Tierra y Libertad» con número 5884, a partir de este 28 de noviembre, entró en vigor la ley que regula y hace obligatorio el uso del cubrebocas en el Estado de Morelos.

Las personas que no lo porten en espacios públicos y transporte, serán acreedores a trabajo comunitario, multas de hasta 30 Unidades de Medidas de Actualización (2 mil 665 pesos) y la clausura temporal de los espacios de manera parcial o total.

La ley que fue aprobada por los legisladores el pasado jueves 26 de noviembre, exenta de multas a los menores de 4 años de edad, personas con problemas para respirar y personas que estén en el interior de su vehículo sin compañía.