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En julio, el INE aprobó diversos criterios en ese sentido y ordenó a los partidos postular al menos a una mujer en las candidaturas de gubernaturas para las elecciones de Coahuila y Estado de México.

Los partidos políticos podrán decidir si postulan a mujeres candidatas en las elecciones de Coahuila y el Estado de México que renovarán la gubernatura en 2023, determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), conforme a sus legislaciones locales.

El Tribunal determinó lo anterior luego de revocar por mayoría de votos, el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que obligaba a los partidos a postular al menos a una mujer como candidata en esos estados.

Sin embargo, los magistrados dejaron claro que si bien en ambos estados ya se legisló en materia de paridad alternativa, sí serán objeto de revisión en los casos concretos, a fin de que se garantice la paridad en las postulaciones de las gubernaturas locales.

En caso de impugnaciones que aleguen falta de paridad, la Sala Superior resolverá este asunto, con lo cual se podría revocar los registros y ordenar la postulación de una mujer.

“Esto no significa que no se vaya a cumplir con el principio de paridad de género”, observó el magistrado Felipe de la Mata.

Indalfer Infante reforzó: “La paridad debe ser inmediata, no se puede postergar”.

La reforma constitucional de 2019 estableció el principio de paridad entre hombres y mujeres en todos los poderes públicos y niveles de gobierno, denominada “paridad en todo”, razón por la que el TEPJF vinculó a los congresos locales y al Congreso de la Unión a legislar para hacer efectivo el principio de paridad en la postulación de gubernaturas.

Es por ello que en marzo, los magistrados acordaron obligar a los partidos que, antes del inicio del próximo procedimiento para elegir gubernaturas, establezcan reglas claras para aplicar el criterio de competitividad en la postulación de candidaturas a ese cargo, esto es, que las mujeres sean postuladas a campañas con más posibilidades de resultar ganadoras.

Además, vincularon al Instituto Nacional Electoral (INE) verificar que los partidos políticos nacionales emitan las disposiciones sobre paridad sustantiva con base en el criterio de competitividad, así como vigilar su cumplimiento en la postulación de candidaturas.

El pasado mes de julio, el INE aprobó diversos criterios en ese sentido y ordenó a los partidos postular al menos a una mujer en las candidaturas de gubernaturas para las elecciones de Coahuila y Estado de México. Inconforme con ello, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) impugnó esa determinación.

Al defender su proyecto, la magistrada Mónica Soto expuso: “me preocupa que tomemos una decisión que deje al libre albedrío el cumplimiento de la paridad en estos dos procesos electorales porque ya se legisló, no puede darse marcha atrás a la paridad”.

Esto es, añadió la juzgadora electoral, que se les otorgue a los partidos “una válvula de escape”, cuando es un hecho de que “no puede haber vuelta atrás (en la paridad sustantiva), los partidos están obligados a postular una mujer en una entidad y un hombre en la otra, por lo menos, porque también pueden postular a dos mujeres”.

Al final, el proyecto fue desechado por los magistrados Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña, al cual se sumó el del presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez, quien ejercicio su voto de calidad, tras el empate que se dio entre sus pares.