La reforma fue aprobada con 453 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

En dicha reforma se estipula que se impondrán de siete a 15 años de prisión además de 300 a 700 días de multa para quienes causen lesiones a otra persona utilizando ácido, álcali, agentes o sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas o inflamables.

“Cuando la lesión o lesiones afecten la cara, el cuello, el brazo, la mano o los órganos sexuales de la víctima, la pena aumentará hasta en un tercio, en su mínimo y máximo”, por lo que la pena podría llegar hasta los 20 años.

En caso de que las víctimas sean mujeres, personas con discapacidad o menores de edad, la pena aumentará hasta en una mitad, posicionando el castigo en hasta 22.5 años.

Cuando las lesiones afecten órganos o funciones vitales, ponen en peligro la vida o afecten más de la mitad del cuerpo, el delito se podría catalogar como tentativa de homicidio o feminicidio, cuya pena es de hasta 40 años de prisión.

En la reforma también se adiciona un segundo párrafo al artículo 36 de la Ley General de Víctimas que garantiza el acceso a cirugías reconstructivas a las víctimas.

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con 453 votos a favor, un dictamen que adiciona disposiciones al Código Penal Federal para el castigo de lesiones inferidas con ácido.