A una semana que particulares comenzaron a interponer recursos jurídicos, los juzgados primero y segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, han rechazado 140 solicitudes de amparo contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), bajo el argumento que la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones aún no impacta a los usuarios de telefonía móvil.

Este jueves el juez Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó tres suspensiones definitivas a particulares contra el PANAUT, que tiene como efectos que no se obligue al promovente del amparo a entregar sus datos biométricos, como lo exige la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones, hasta en tanto no se resuelva el fondo del amparo.

Por segundo día consecutivo el juez Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Rodrigo de la Peza, desecho 39 demandas de amparo a particulares que pedían la protección de la justicia federal para que sus datos no aparezcan en el PANAUT.

De la Peza considera que los amparos fueron solicitados de manera prematura debido a que la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones aún no impacta a los usuarios de telefonía móvil.

“En este momento, la ley tiene una peculiaridad derivada de su régimen transitorio, que conduce a considerar que durante el mismo, se está ante una norma heteroaplicativa”, detalló Rodrigo de la Peza.

Abundó que hasta el momento, los concesionarios de telefonía móvil no tienen el marco jurídico necesario para recabar los datos de sus clientes pues el Instituto Federal de Telecomunicaciones aún no emite las disposiciones generales para la operación del padrón.

Por su parte el juez segundo, Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó tres suspensiones definitivas más contra el padrón de telefonía móvil al considerar que no es necesario que el usuario de sus datos y pone en riesgo la privacidad de los usuarios.

Apenas ayer Fierro otorgó las dos primeras suspensiones definitivas a Óscar González Abundis y Gustavo Alejandro Uruchurtu Chavarín, por lo que ninguna autoridad podrá solicitar sus datos biométricos para mantener activa su línea de telefonía móvil, o al momento de adquirir un celular.

González Abundis fue Procurador de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Jalisco.

Mientras que el abogado Gustavo Alejandro Uruchurtu Chavarín, es miembro de la lista de árbitros del Capítulo XIX del TLCAN participando como árbitro en cuatro revisiones ante dicho mecanismo de solución de controversias, profesor universitario en materia de Comercio Exterior y Arbitraje en diversas instituciones educativas del país.