El Noveno Tribunal Colegiado anunció que a partir de ahora los intentos de feminicidio serán considerados un delito grave que amerita prisión automática aún cuando el asesinato no se haya consumado.

Esta decisión fue tomada después de que se conoció un caso en Xochimilco en el que una joven estuvo a punto de perder la vida por una serie de golpes que le propinó su ex novio.

Por el momento el agresor se encuentra detenido y en prisión preventiva oficiosa, sin embargo, cuando testificó ante el juez capitalino argumentó que su delito no se había consumado y, que hasta abril de 2019, los feminicidios no entraban en el catálogo de delitos que ameritaban prisión automática.

Ante esto, las autoridades decidieron tomar cartas en el asunto y considerar el feminicidio como una forma de homicidio agravado por cuestión de género, además de mencionar que “no porque este delito no culminara con la muerte de la víctima dejaba de ser un acto de gravedad”.

El viernes pasado (28 de febrero, 2020), el Semanario Judicial de la Federación publicó este criterio como una tesis aislada y dio la primera resolución en la que se tipifica así al intento feminicidio.

Al tratarse de una tesis aislada no todos los jueces están obligados a compartir su postura con estos casos, pero se abre una brecha hacia nuevas formas de sanciones para estas agresiones.

Desde febrero de 2020 a este delito lo acompañará la prisión automática como parte de la sanción sin importar si se consumó o no el asesinato de la/s víctima/s.