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Deudores alimentarios no podrán tramitar ni renovar pasaporte

Los deudores alimentarios no podrán obtener ni renovar su pasaporte, de acuerdo con un anteproyecto de reforma al Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) sometió a consulta pública.

El texto, disponible en la plataforma herramientasregulatorias.gob.mx, establece un nuevo impedimento para expedir el documento: estar inscrito en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias como deudor moroso. Antes de entregar o renovar un pasaporte, la SRE consultará ese registro y, si encuentra una inscripción vigente, negará el trámite.

La sanción no es nueva en la legislación, pero sí en el reglamento. Desde el 8 de mayo de 2023, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes contempla, entre otras sanciones para quienes incumplen con el pago de la pensión alimenticia, la imposibilidad de obtener una licencia de conducir o un pasaporte.

Deudores alimentarios no podrán tramitar ni renovar pasaporte

El proyecto de reforma incluye otros cambios en la emisión de pasaportes, entre ellos la simplificación del trámite. La dependencia dejará de solicitar por sistema actas de nacimiento, matrimonio o defunción impresas. Primero buscará esa información en sus propias bases de datos y en las de otras autoridades y, sólo si no la encuentra, exigirá el documento original.

La medida también contempla las actas de matrimonio necesarias para incorporar el apellido del cónyuge y las actas de adopción.

Además, desaparecerá el requisito de presentar pruebas adicionales para quienes registraron su nacimiento después de los tres años de edad, como certificado de primaria o acta de matrimonio de los padres, una carga que ha afectado principalmente a población rural y de escasos recursos.

Por otra parte, se incorpora la Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica como identificación válida para tramitar el pasaporte, tanto para personas adultas como para niñas, niños y adolescentes.

Deudores alimentarios no podrán tramitar ni renovar pasaporte

El anteproyecto también actualiza el lenguaje del reglamento conforme a la reforma judicial de 2024, que sustituyó al Consejo de la Judicatura Federal por el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial. Asimismo, elimina las referencias al desaparecido Estado Mayor Presidencial.

Cuando se publique el nuevo reglamento y entren en vigor sus cambios, los pasaportes que ya hayan sido expedidos mantendrán su vigencia hasta la fecha de vencimiento, de acuerdo con los artículos transitorios del proyecto.

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