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Nuevas reglas del Metro prohíben hornos y gritos en locales

Los espacios comerciales del Metro de la Ciudad de México tendrán nuevas reglas de operación. Entre las disposiciones destaca la prohibición de utilizar estufas, hornos o cualquier aparato que incremente la temperatura dentro de las estaciones, así como radios, altavoces e incluso gritos.

Las medidas forman parte del nuevo Reglamento para la Instalación, Operación, Verificación y Seguridad de Locales y/o Espacios Comerciales Asignados y/o Propiedad del Sistema de Transporte Colectivo, publicado ayer en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y que entrará en vigor a partir de hoy.

Con la nueva normativa quedará abrogado el reglamento vigente desde 2020. Sin embargo, los titulares de los espacios comerciales tendrán 60 días naturales para adecuarse a las nuevas disposiciones.

¿Qué estará prohibido en los locales?

El reglamento establece que los permisionarios no podrán:

  • Utilizar estufas, hornos o aparatos que incrementen la temperatura en las estaciones.
  • Emplear radios, altavoces, bocinas u otros dispositivos que generen contaminación auditiva.
  • Gritar dentro de los espacios comerciales.
  • Utilizar al personal de limpieza contratado por el Metro para atender sus negocios.
  • Fumar o ingerir bebidas alcohólicas.
  • Consumir cualquier tipo de enervante.
  • Comercializar productos diferentes al giro autorizado.
  • Causar daños a los locales.
Nuevas reglas del Metro prohíben hornos y gritos en locales

Los comerciantes también deberán utilizar el uniforme autorizado y presentar un inventario de los equipos que emplean, junto con sus requerimientos de energía eléctrica.

Habrá límites al consumo de electricidad

La normativa establece que la potencia eléctrica máxima para alimentar cada espacio desde la subestación correspondiente será de 3 mil vatios.

Además, los locales no podrán contar con aparatos eléctricos que superen individualmente los mil 500 vatios de consumo.

Entre las conductas consideradas faltas graves se encuentra sobrecargar los contactos eléctricos y utilizar veladoras.

Estas infracciones podrán ser sancionadas con multas de entre 50 y 200 UMA, equivalentes a aproximadamente 5 mil 865.50 y 23 mil 462 pesos, respectivamente. Además, se contempla la suspensión inmediata de la actividad comercial.

Locatarios advierten posibles cierres

Ante las nuevas disposiciones, algunos locatarios señalaron que determinados negocios podrían verse obligados a cerrar, particularmente aquellos que utilizan hornos para preparar sus productos.

Entre los casos mencionados se encuentra Pastes Kiko’s, mientras que comerciantes también expresaron dudas sobre el cumplimiento de las nuevas reglas por parte de los vendedores conocidos como “cilindros”.

El reglamento también establece que el Sistema de Transporte Colectivo no será responsable por daños, robos, siniestros o accidentes que sufran los permisionarios, sus empleados o proveedores, ni por afectaciones a sus bienes y mercancías, dentro o fuera de los locales.

Nuevas reglas del Metro prohíben hornos y gritos en locales

Por ello, los titulares de los espacios deberán contar con un seguro.

Crean comité para administrar espacios comerciales

La normativa contempla además la creación de un Comité de Administración y Contratación de Áreas Comerciales y Espacios Publicitarios, encabezado por la Dirección General y la Subdirección General de Administración y Finanzas del Metro.

Este organismo tendrá entre sus funciones la administración de los espacios comerciales y publicitarios pertenecientes al Sistema de Transporte Colectivo.

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