Las Secretarías de la Defensa Nacional (Defensa) y de Marina-Armada de México (Semar), en especial personal de la Guardia Nacional, podrán participar en labores de inspección y vigilancia ambiental cuando “por la naturaleza y gravedad del problema así se determine”, para garantizar el cumplimiento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Decreto publicado en el DOF
La medida fue dada a conocer mediante un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum, que reforma los artículos 6°, 161 y 166, y adiciona un tercer párrafo al artículo 47 de la ley ambiental.
#17deDiciembre2025 Se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ascensos de la Armada de México.
— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) December 17, 2025
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Apoyo en áreas naturales protegidas
Con las reformas, se autoriza que en áreas naturales protegidas terrestres de competencia federal, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) pueda solicitar la intervención de la Guardia Nacional para tareas de inspección y vigilancia.
Para ello, los elementos deberán ser expresamente autorizados y se requerirá la firma de convenios o acuerdos de colaboración entre las dependencias involucradas.
Auxilio ante obstrucciones
El decreto también establece que la autoridad ambiental o la titular del Ejecutivo Federal:
“Podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública o, en su caso, la intervención de la Guardia Nacional, para efectuar la visita de inspección, cuando alguna o algunas personas obstaculicen o se opongan a la práctica de la diligencia, independientemente de las sanciones a que haya lugar”.
Ajustes reglamentarios
Finalmente, se fija un plazo máximo de 180 días naturales para que el Poder Ejecutivo Federal realice las modificaciones al Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional, a fin de armonizarlo con estas nuevas facultades.



