La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad una reforma en Zacatecas que protege a niñas, niños y adolescentes de posibles actos de violencia ejercidos mediante inteligencia artificial (IA), marcando un precedente importante en el ámbito jurídico y digital en México.
El fallo declara válida la modificación realizada en febrero de 2024 al artículo 9, fracción III, inciso c, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Zacatecas. Esta reforma introduce el reconocimiento legal del riesgo que representa el uso malintencionado de IA en perjuicio de las infancias.
#Escúchalo 🔊 La Corte reconoce la validez de una disposición de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Zacatecas, que protege en contra de la violencia generada por el uso de inteligencia artificial.
— Suprema Corte (@SCJN) April 23, 2025
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La ministra Margarita Ríos Farjat, quien presentó el proyecto, explicó que el uso de IA puede derivar en la creación y difusión de contenido de explotación infantil, como los deepfakes, o emplearse para manipular a menores de edad:
“La inteligencia artificial presenta riesgos específicos y potencialmente graves. Por un lado, puede ser utilizada para generar y difundir material de explotación sexual infantil altamente realista, como los llamados deepfakes, que pueden causar daño profundo y duradero en las víctimas. Y por otro, la inteligencia artificial puede ser empleada por delincuentes para manipular y engañar a niños, niñas y adolescentes, facilitando su victimización.”

El Poder Ejecutivo federal había impugnado la reforma argumentando que no define con claridad qué constituye violencia con IA, ya que no existe una definición jurídica global sobre este concepto. Sin embargo, la Corte concluyó que no se vulneran los principios de legalidad ni de seguridad jurídica, ya que el legislador no estaba obligado a detallar todos los términos empleados.
Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa resaltó que esta legislación busca adelantarse al daño:
“Es nuestra obligación proteger sus derechos y prevenir daños sicológicos, sociales y físicos ocasionados por el uso malintencionado de tecnología e incluso, como hace la norma que hoy se analiza, para favorecer la persecución penal de esas conductas y se enfatice en la reparación del daño en casos de explotación digital.”

Por su parte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf subrayó que esta medida responde al creciente uso de Internet entre las infancias mexicanas:
“En México, 50 por ciento de niñas y niños de entre seis y 11 años ya son usuarios de Internet, y en el caso de los adolescentes de 12 a 17 años, estas cifras son de 80 a 94 por ciento, lo que aumenta el grado y alcance de vulnerabilidad en las infancias.”

Con esta resolución, la SCJN abre la puerta a la creación de políticas públicas más actualizadas para la protección de los derechos de la infancia frente al avance tecnológico.