miércoles, 30 abril, 2025 - 7:15 pm
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    Aeroméxico acatará multa de 88 millones de pesos tras resolución de la SCJN

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    A pesar de no estar de acuerdo con los criterios y la metodología de la Cofece, la aerolínea respetará la decisión judicial.

    La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado las facultades de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) para aplicar una multa de 88 millones de pesos a Aeroméxico por manipulación de precios en boletos de avión. Este acto afectó a más de 3 millones de pasajeros.

    Con esta resolución, se pone fin a más de 5 años de litigio, en los cuales Aeroméxico presentó varios recursos e impugnaciones contra la multa impuesta por la Cofece en 2019, debido a una colusión para manipular los precios de boletos en diversas rutas aéreas.

    Evidencia clave en la investigación

    De acuerdo con la Cofece, una gran parte de la evidencia que sustentó el caso en contra de Aeroméxico provino de las visitas de verificación sorpresa, que son una de las principales herramientas de investigación con las que cuenta este organismo.

    Estas visitas permiten a la Cofece acceder a las oficinas de las empresas infractoras y recolectar evidencia física y electrónica crucial para las investigaciones, que de otro modo podría ser destruida.

    Prueba de correos electrónicos incriminatorios

    En este caso específico, la Cofece encontró correos electrónicos entre directivos de las aerolíneas, en los cuales, utilizando apodos, códigos y direcciones de correo falsas para ocultar el acuerdo ilegal, conspiraron para manipular los precios de los boletos de avión.

    Argumentos de Aeroméxico y resolución de la SCJN

    Aeroméxico impugnó la sanción, alegando que dichos correos electrónicos constituían “comunicaciones privadas” y, por lo tanto, no deberían ser utilizados como evidencia en la investigación.

    No obstante, la Segunda Sala de la SCJN validó la constitucionalidad de las actuaciones de la Cofece, confirmando que esta información no está protegida por la ley de comunicaciones privadas y puede ser utilizada por el Estado para investigar y sancionar conductas monopólicas que afectan a los consumidores mexicanos.

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