En la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) de este jueves 2 de enero se publicaron las leyes secundarias de la reforma al Poder Judicial.
La Ley de la Carrera Judicial y la Ley de Responsabilidades Administrativas entrarán en vigor a partir de este viernes 3 de enero. Estas modificaciones fueron aprobadas por el Congreso de la Unión el mes pasado.
Las leyes secundarias buscan fortalecer la independencia y transparencia del Poder Judicial. Además, se regulan los procesos de ingreso, formación, promoción, evaluación del desempeño, permanencia y separación del cargo.
¿En qué consisten las modificaciones de la Ley de la Carrera Judicial?
Con las modificaciones a la Ley de la Carrera Judicial, se crea el Registro Único de Personas Servidoras Públicas de la Carrera Judicial.
Dicho registro contará con un padrón de relaciones familiares a través de un sistema electrónico en el que los servidores públicos deberán manifestar, cada seis meses, sus relaciones familiares en el Poder Judicial de la Federación, por afinidad o consanguinidad hasta el cuarto grado, así como los posibles conflictos de interés en el ejercicio de su encargo.
Con la nueva medida se busca que magistrados, jueces y ministros puedan asignar plazas a familiares o personas cercanas .
En el decreto se establece que los funcionarios del Poder Judicial deberán tomar y acreditar los cursos de capacitación que impartirá la Escuela Nacional de Formación Judicial.
¿En qué consiste Ley de Responsabilidades Administrativas del Poder Judicial?
En la Ley de Responsabilidades Administrativas se establecen las normas para investigar e imponer sanciones a personas que ocupen un cargo judicial, las cuales estarán a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial federal y estatal.
En la ley también se especifica que las integrantes del Poder Judicial deberán observar el código de ética y el de buena conducta según corresponda. Dichos códigos deberán hacerse del conocimiento de las personas servidoras públicas de la dependencia o entidad de que se trate, así como darles la máxima publicidad.
Los servidores públicos del Poder Judicial estarán obligados a “observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de austeridad, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos, mismos que rigen el servicio público”.
Se debe recordar que la reforma al Poder Judicial entró en vigor el pasado 15 de septiembre, cuando el expresidente Andrés Manuel López Obrador firmó el decreto para su publicación en el DOF.
En la reforma se establecieron las normas para la elección judicial, cuyos comicios se realizarán el primer domingo de junio de 2025, en donde se elegirán a los nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, así como jueces de distrito y magistrados de circuito.