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La Suprema Corte de Justicia seguirá por ahora con el análisis de la reforma judicial, pese a la modificación Constitucional del jueves pasado que prohíbe las acciones contra reformas a la Carta Magna.

Por nueve votos contra dos, el Pleno de la Corte rechazó una petición de la Ministra Lenia Batres para retirar los proyectos del Ministro Juan Luis González Alcántara, que no se ocupan de esa reforma, porque fueron elaborados antes de su publicación.

La mayoría acordó que este tema será discutido en el capítulo de causas de improcedencia de las demandas, como corresponde en una acción de inconstitucionalidad.

La reforma del 31 de octubre, conocida como “supremacía Constitucional” prohíbe las acciones, controversias y amparos contra cambios y adiciones a la Carta Magna.

Pero el segundo transitorio de la reforma aclara que es aplicable a los asuntos que se encuentren “en trámite”.

González Alcántara ya adelantó que, a su juicio, la reforma del 31 de octubre no es aplicable a este caso, porque él cerró la instrucción del juicio el 30 de noviembre, y desde el 28 de octubre había publicado su proyecto de sentencia, por lo que consideró que el asunto ya no estaba “en trámite” el 1 de noviembre.

El tema, sin embargo, será votado en un capítulo posterior, cuando la Corte tendrá que tomar la decisión histórica de si tiene facultades para analizar e invalidar excpecionalmente reformas a la Constitución, como propone González Alcántara, algo que nunca ha hecho. Este punto puede ser aprobado con el voto de solo seis de los once Ministros y Ministras.

Resalta Piña decisión histórica

“No es exagerado afirmar que cualquiera que sea la decisión a la que arribemos será retomada por los libros de historia de nuestro país”, dijo la Ministra Presidenta Norma Piña, en un breve discurso previo al inicio del debate.

Agregó que el caso de hoy tiene componentes que serán escrupulosamente analizados por la sociedad, por la comunidad jurídica nacional e internacional, y por las generaciones futuras.

“Me dirijo a la sociedad para hacerle saber que estamos conscientes del peso histórico que conllevara esta discusión”, dijo, al garantizar que en las decisiones de ella y sus colegas, estará presente su juramento de guardar y hacer guardar la Constitución.

El proyecto

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza en la sesión el proyecto del Ministro González Alcántara que invalida partes de la reforma judicial.

El proyecto plantea anular la elección por voto popular de Jueces y Magistrados, pero mantiene ese formato para elegir a Ministros y Magistrados electorales.

Considera que es una decisión de “autocontención” la de permitir que se realice la elección de Ministros.

Incluye además, anular los comicios para Jueces locales, que supone uno de los procesos más complejos por el número de cargos.

El proyecto de sentencia del Ministro González Alcántara da respuestas a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por PRI, PAN y Movimiento Ciudadano.

En dicha propuesta se invalidan los jueces sin rostro y el método de selección de los juzgadores que llevarían a cabo los Comités de Evaluación.

Para invalidar la reforma, es necesaria una mayoría de 8 votos.

Previo a la discusión de los temas de fondo, la Corte tendrá que aclarar si puede resolver acciones que cuestionan una reforma a la Constitución, algo que nunca ha hecho desde que estos juicios fueron reglamentados en 1995.

Para decidir este punto basta mayoría de seis votos.