Por amplia mayoría, el Senado de la República avaló reformar el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, a fin de prohibir y sancionar penalmente las terapias de reorientación sexual.
El dictamen, aprobado con 69 votos a favor, 2 en contra y 16 abstenciones, plantea sancionar con dos a seis años de prisión a quien realice, aplique o imparta cualquier tratamiento que pretenda corregir la orientación sexual de las personas.
Además, establece una multa de hasta 192 mil 440 pesos para quien incurra en dichas prácticas y puntualiza que los profesionales que las realicen serán suspendidos por tres años.
Durante la discusión, senadores del PAN pidieron corregir el dictamen, ya que, aseguraron, la redacción aprobada podría dar lugar a injusticias e incluso violentar los derechos de las personas.
El senador Víctor Fuentes advirtió que prácticamente cualquier psicólogo o psiquiatra que realice una terapia de orientación sexual, a petición de una persona, podría caer en la cárcel.
Por su parte, el senador José Alfredo Botello advirtió que el dictamen impedirá que los pedófilos y pederastas puedan ser atendidos, lo que incrementará el riesgo para las poblaciones vulnerables.
No obstante, el dictamen fue respaldado por la mayoría de los legisladores, entre ellos la morenista Olga Sánchez Cordero, quien se pronunció por poner un alto a la discriminación, y marginación de la que es objeto la comunidad LGBTTIQ+.
De igual forma, la senadora Ana Lilia Rivera advirtió que en nuestro país aún es común que los integrantes de la comunidad LGBTTIQ+ sufran tratos crueles, inhumanos o degradantes, que buscan reasignar su preferencia sexual, los cuales quedan impunes.
El dictamen aprobado se remitió a la Cámara de Diputados donde aún deberá recibir el aval correspondiente.